martes, 25 de septiembre de 2012

Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta a partir de Agosto 2012

A solicitud de muchos seguidores de la web voy a tocar este tema que preocupa a muchos contadores, trataremos de explicarlo de una manera fácil y sencilla.

Pagos a cuenta del a la

Como todos sabemos todas las que perteneces al Régimen General realizan pagos a cuenta del impuesto a la renta en cada periodo tributario, dichos pagos lo realizan aplicando bien el método de Sistema de o el método Sistema de , que no es otra cosa que la multiplicación:
I.R = Coeficiente x Ingresos Netos Mensuales
Pago a cuenta I.R = Porcentaje Mínimo x Ingresos Netos Mensuales

¿Cuáles son las modificaciones?

Mediante el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1120, se modifico el artículo 85º de la Ley del Impuesto a la Renta, el cual entra en vigencia para los pagos a cuenta del mes de agosto de 2012.
El principal cambio es que a partir de Agosto debemos comparar los dos métodos y aplicaremos el que resulta mayor, esto significa que tendremos que calcular el pago a cuenta del impuesto a la renta con los dos métodos para elegir el mayor.
En el inciso b) del artículo 85º de la Ley del Impuesto a la renta regula que el porcentaje mínimo será 1.5%. Dicho porcentaje se multiplicara con los ingresos netos mensuales.
A modo de ejemplo un comparativo, para ver como es el tema de la comparación:

Caso Práctico

1. La empresa Noticiero del Contador, necesita calcular el pago a cuenta del impuesto a la renta del periodo agosto de 2012, para ello se cuenta con los siguientes datos:

Conclusión

Si después de leer el artículo todavía tienes algunas dudas, déjame decírtelo de la siguiente manera, si tu pago a cuenta utilizado en julio 2012 es mayor a 1.5% entonces realiza tus declaraciones como siempre, has como si no hubiera pasado nada.
Ahora si coeficiente es menor a 1.5%, entonces tendrás que usar la tasa de 1.5%  para tus pagos a cuenta a partir del periodo agosto 2012. Esto aplica también para los que usan la tasa del 2%.

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